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¿De quién será familia este sinvergüenza?
Blog Viejuno
Por Baithro (Miembro del foro) · 16 oct 2008 · 13 min de lectura

¿De quién será familia este sinvergüenza?

http://www.larioja.com/20081016/la rioja/absuelto comportamiento correcto conductor 20081016.html Políticos, prensa, jueces, apestáis todos!!!!! Y más en una comunidad tan pequeña donde hacen y deshacen a su puto antojo. ¿Creéis que esta sentencia os podría haber pasado a vosotros o a alguno de vues

Foro de origen: Off Topic — Iniciado por: Baithro el 16/10/2008 12:12 · Ver hilo original

http://www.larioja.com/20081016/la-rioja/absuelto-comportamiento-correcto-conductor-20081016.html

Políticos, prensa, jueces, apestáis todos!!!!! Y más en una comunidad tan pequeña donde hacen y deshacen a su puto antojo.

¿Creéis que esta sentencia os podría haber pasado a vosotros o a alguno de vuestros colegas?

Sería curioso que en un futuro el conductor absuelto atropelle ebrio al pulcro juez. La vida da tantas vueltas…


Respuestas (19)

garba — 16/10/2008 12:27

pues por desgracia seguro que no pillará a ninguno de esos personajes si no a algun pobre desgraciao que no podrá costearse mas que un abogado de oficio. hace poco otro conductor fue detenido 2 veces el mismo dia con el tractor. y una tercera con el coche… si. aqui cerquita de mi casa.

como dice el texto ya sabeis. poneros hasta el ojo, que si “hablaba bien, tenía una manera de expresarse normal y la deambulación era correcta”, os libraréis. a mi que me expliquen eso de una deambulacion correcta. es decir que si haces el pino puente, ya demuestras que no eres un peligro para tus semejantes pq estás agil y fresco… ¡ que les den !


A68 — 16/10/2008 12:34

Igual me meto en camisa de once varas pero.. aqui creo que el periodico solo da datos no?


Ivandying — 16/10/2008 12:41

A mi me hierve la sangre casa vez que escucho…“ahora queda todo en manos de la justicia”. Por favor, pero que mierda de democracia ilusoria es esta…quien coño son los jueces?, que ideas políticas tienen? que prejuicios tienen? que amigos y familiares tienen?…absurdo, como casi todo lo que nos rodea.


Baithro — 16/10/2008 12:48

@A68 wrote:

Igual me meto en camisa de once varas pero.. aqui creo que el periodico solo da datos no?

Correctísimo. Los políticos, bajo ese punto de vista, tampoco pintan nada en esta noticia.

Yo trataba de ir un paso más allá. De hablar de la influencia de la política en el sistema judicial, medios de comunicación, etc, etc… De ahí mi comentario.


A68 — 16/10/2008 12:57

Ya supongo, pero como los medios de comunicacion siempre reciben leches (casi siempre justificadas) por eso decia que justo en este articulo no veia motivo de critica. Pero entiendo a que te refieres


nqd — 16/10/2008 13:45

@Ivandying wrote:

A mi me hierve la sangre casa vez que escucho…“ahora queda todo en manos de la justicia”. Por favor, pero que mierda de democracia ilusoria es esta…quien coño son los jueces?, que ideas políticas tienen? que prejuicios tienen? que amigos y familiares tienen?…absurdo, como casi todo lo que nos rodea.

Dios ya te has vuelto a olvidar de tomar la medicacion :-D :-D :-D


MAP-H — 16/10/2008 13:45

Pues toca bastante los cojones esta sentencia, sí señor. Hay cosas que uno no acabará de entender aunque viva 200 años, por un lado que semejante peligro público se vaya de rositas y por otro lado los agravios comparativos. Lo dice uno al que, sin eludir lo justificado del castigo, lo trincaron en un control de alcoholemia hace varios años con una cantidad inferior a la mitad de lo que llevaba encima este pollo, sin caer en reincidencia y le tocó pringar. A lo mejor es que no tuve un comportamiento correcto con la Metemérica…


metal_king — 16/10/2008 14:58

Mmm creo que hay que tener algo cuidado con la noticia.

No se habla de que le hayan librado de la sanción administrativa (multa, pérdida de puntos, retirada del carnet, etc.) sino de una absolución penal, que puede agravar la primera.

La justicia penal juzga hechos que han ocurrido, no hechos que van a ocurrir.

Es muy posible que me equivoque, pero creo que, básicamente lo que ha pasado es eso.

¿Debe ir a la cárcel el conductor por delito penal tras pagar sus sanciones administrativas sin que haya causado lesiones a terceros? ¿Ha puesto en riesgo grave a terceros? ¿Se puede probar que lo haya hecho? ¿Cuánto tiempo le echaríais vosotros en la cárcel?

No es tan fácil, yo creo.

Me va a llover caca por este post :-)

Saludos, gentesss.


MAP-H — 16/10/2008 15:10

Copio:

«Ante esta situación y en aplicación del principio ‘in dubio pro reo’ procede el dictado de una sentencia absolutoria», argumenta el juez, pese a que la Fiscalía solicitaba una multa de 1.620 euros (nueve meses con una cuota diaria de seis euros) y la privación del permiso de conducir durante dos años. Además, el Ministerio Público contemplaba la circunstancia agravante de reincidencia, ya que el mismo conductor había sido condenado en dos ocasiones (en el año 1993 y en el 2004) por sendos delitos contra la seguridad vial.

Si pedían 1620 euros y retirada de dos años y el juez lo absuelve, deduzco que no le ponen ni un duro de multa y no le retiran el carnet. Creo yo, vamos, aunque reconozco que mi comprensión escrita es corta y mi conocimiento de leyes más.


metal_king — 16/10/2008 15:20

@MAP-H wrote:

Copio:

«Ante esta situación y en aplicación del principio ‘in dubio pro reo’ procede el dictado de una sentencia absolutoria», argumenta el juez, pese a que la Fiscalía solicitaba una multa de 1.620 euros (nueve meses con una cuota diaria de seis euros) y la privación del permiso de conducir durante dos años. Además, el Ministerio Público contemplaba la circunstancia agravante de reincidencia, ya que el mismo conductor había sido condenado en dos ocasiones (en el año 1993 y en el 2004) por sendos delitos contra la seguridad vial.

Si pedían 1620 euros y retirada de dos años y el juez lo absuelve, deduzco que no le ponen ni un duro de multa y no le retiran el carnet. Creo yo, vamos, aunque reconozco que mi comprensión escrita es corta y mi conocimiento de leyes más.

Yo tampoco estoy seguro, pero es muy probable que el tipo tenga una multa administrativa (que no se cuál sería) y además haya perdido un webo de puntos. Lo que pasa es que no tendría más que examinarse otra vez y recuperar el carnet, sin esperar dos años. Con la multa pues parecido.

Pasa parecido con el exceso de velocidad. Suponte que vas a 380 km/h, todo atrapao con tu Seat Panda. Entonces ZAS, te sacan la foto o te paran o lo que sea. Tendrías X euros de multa por cada km/h que te pases de la velocidad permitida, pérdida de puntos, etc. Pero además de eso, como te has pegao el pasote con el Panda, pues la administración incoa un procedimiento penal contra tí, para imponerte una sanción penal. Aquí es donde interviene el juez de lo penal.

Creo que ha sido así. Pero ¿quién sabe?. Uno de mis mejores amigos es juez (de lo civil, no de lo penal) y le reconozco una preparación y un sentido común envidiable. Claro que, siempre hay excepciones… :cool:

Muerte, pero sólo para el falso metal ese. :-D


Baithro — 16/10/2008 20:46

Tras escuchar los brillantes argumentos del Gran Rey del Metal y sin haber estudiado Legislación esperaremos acontecimientos para seguir azotando al régimen.

No obstante, copio y pego de la noticia:

Nuevo Código Penal

Artículo 379.1: Se establecen penas de entre tres y seis meses de cárcel para los conductores que superen en 60 kilómetros por hora la velocidad máxima permitida en vías urbanas o en 80 kilómetros por hora en las interurbanas. También se exponen a una multa de seis a doce meses, a trabajos comunitarios y a la privación del permiso entre uno a cuatro años. Las mismas penas, incluida la de prisión, se pueden imponer a los conductores que den una tasa de alcoholemia superior a los 0,60 miligramos de alcohol.

Independientemente de que la ley sea o no injusta (no seré yo el que entre a juzgarlo), me gustaría saber qué pasará en un futuro cuando alguien exponga los mismos argumentos. ¿Sentará precedente? ¿Podremos ir borrachos sin tener miedo al nuevo artículo del Código Penal siempre y cuando vayamos con la cartera por delante? No me parece serio. No sé, no sé…

Me huele un poco mal el asunto.


metal_king — 16/10/2008 21:17

@Baithro wrote:

Tras escuchar los brillantes argumentos del Gran Rey del Metal y sin haber estudiado Legislación esperaremos acontecimientos para seguir azotando al régimen.

No obstante, copio y pego de la noticia:

Nuevo Código Penal

Artículo 379.1: Se establecen penas de entre tres y seis meses de cárcel para los conductores que superen en 60 kilómetros por hora la velocidad máxima permitida en vías urbanas o en 80 kilómetros por hora en las interurbanas. También se exponen a una multa de seis a doce meses, a trabajos comunitarios y a la privación del permiso entre uno a cuatro años. Las mismas penas, incluida la de prisión, se pueden imponer a los conductores que den una tasa de alcoholemia superior a los 0,60 miligramos de alcohol.

Independientemente de que la ley sea o no injusta (no seré yo el que entre a juzgarlo), me gustaría saber qué pasará en un futuro cuando alguien exponga los mismos argumentos. ¿Sentará precedente? ¿Podremos ir borrachos sin tener miedo al nuevo artículo del Código Penal siempre y cuando vayamos con la cartera por delante? No me parece serio. No sé, no sé…

Me huele un poco mal el asunto.

Tras leer el artículo del penal mi opinión cambia. Está claro que tiene que haber condena (también penal), porque el artículo da cifras concretas y eso es bastante difícil de disculpar.

La verdad es que el argumento del juez para no hacer valer el artículo que has posteado está cogido con hilos, y a mi, no me convence. Para mí, lo más grave es lo de la reincidencia.

Quizá un tiempo de privación del carnet no le hubiera venido mal, o algún trabajo comunitario.

No sé si la sentencia ésta se podrá recurrir o si se molestarán en hacerlo.

Pero estaos tranquis, que lo más probable es que el conductor éste, haya perdido el carnet y, seguramente (quiero pensar que sí), pagará una buena multa administrativa.

“Muchos vivos merecerían la muerte, y algunos que mueren merecen la vida. ¿Podrías darsela tú? No seas ligero a la hora de repartir muerte o juicio, pues ni los más sabios pueden discernir esos extremos…”

Salud!


Javi Moondomain — 18/10/2008 01:29

@metal_king wrote:

“Muchos vivos merecerían la muerte, y algunos que mueren merecen la vida. ¿Podrías darsela tú? No seas ligero a la hora de repartir muerte o juicio, pues ni los más sabios pueden discernir esos extremos…”

Salud!

Gandalf cruzando las Minas de Moria.

O pensabas que ibas a engañarme bribón…??? :-D :-D :-D


metal_king — 19/10/2008 03:50

@Javi (Moondomain) wrote:

@metal_king wrote:

“Muchos vivos merecerían la muerte, y algunos que mueren merecen la vida. ¿Podrías darsela tú? No seas ligero a la hora de repartir muerte o juicio, pues ni los más sabios pueden discernir esos extremos…”

Salud!

Gandalf cruzando las Minas de Moria.

O pensabas que ibas a engañarme bribón…??? :-D :-D :-D

Jaja, eres el puto amo :-)


Javi Moondomain — 19/10/2008 20:08

@metal_king wrote:

[ Gandalf cruzando las Minas de Moria. O pensabas que ibas a engañarme bribón…??? :-D :-D :-D

Jaja, eres el puto amo :-)[/quote]

:-D :-D :-D Mi trabajo me ha costado sacarme el curso de posgrado y el master en freakysmo…

Al fin un poco de reconocimiento!!!


davidurodeoido — 24/10/2008 16:03

Tócate los cojones, a todos los colegas a los que les han parado(yo algún día caeré) les ha tocado apoquinar y la correspondiente pérdida de puntos, y os aseguro que no se liaron a hostias con los agentes(por eso de la buena conducta digo) Es siempre la misma mierda. He visto a viejunos prepararlas gordísimas con el coche y los maderos decirles que hay que estar más atento, sin embargo a un joven es facilísimo, por cualquier chorrada, pedirle todos los putos papeles para ver si te la pueden meter más adentro. Ya vale hombre!!!!!!


el guru — 24/10/2008 23:35

Aquí no es que haya “dos sanciones” sobre un mismo caso, lo que pasa es que la sanción administrativa y el delito penal se separan por cuestiones procesales.

Por ejemplo: un tipo no devuelve una película de un video-club. Por un lado hay una denuncia por lo penal por apropiación indebida (sería una falta más que un delito por la cantidad de dinero que se “roba”, en este caso el coste de la peli, pero bueno, haceros una idea) y por otro una reclamación por vía civil del coste del alquiler de la peli por todos los días, la multa por retraso etc., y son dos procesos totalmente diferentes (dos juicios, si queréis verlo así).

En el caso de este tipo, la parte civil-administrativa se la come (pagar la multa, retirada de puntos…) pero no la penal (osea, que no le toca carcel).

Espero haberlo aclarado. :-)

Un saludo.


Javi Moondomain — 26/10/2008 17:28

@el guru wrote:

Aquí no es que haya “dos sanciones” sobre un mismo caso, lo que pasa es que la sanción administrativa y el delito penal se separan por cuestiones procesales.

Por ejemplo: un tipo no devuelve una película de un video-club. Por un lado hay una denuncia por lo penal por apropiación indebida (sería una falta más que un delito por la cantidad de dinero que se “roba”, en este caso el coste de la peli, pero bueno, haceros una idea) y por otro una reclamación por vía civil del coste del alquiler de la peli por todos los días, la multa por retraso etc., y son dos procesos totalmente diferentes (dos juicios, si queréis verlo así).

En el caso de este tipo, la parte civil-administrativa se la come (pagar la multa, retirada de puntos…) pero no la penal (osea, que no le toca carcel).

Espero haberlo aclarado. :-)

Un saludo.

Listillo, que eres un listillo…


el guru — 26/10/2008 22:19

@Javi (Moondomain) wrote:

@el guru wrote:

Aquí no es que haya “dos sanciones” sobre un mismo caso, lo que pasa es que la sanción administrativa y el delito penal se separan por cuestiones procesales.

Por ejemplo: un tipo no devuelve una película de un video-club. Por un lado hay una denuncia por lo penal por apropiación indebida (sería una falta más que un delito por la cantidad de dinero que se “roba”, en este caso el coste de la peli, pero bueno, haceros una idea) y por otro una reclamación por vía civil del coste del alquiler de la peli por todos los días, la multa por retraso etc., y son dos procesos totalmente diferentes (dos juicios, si queréis verlo así).

En el caso de este tipo, la parte civil-administrativa se la come (pagar la multa, retirada de puntos…) pero no la penal (osea, que no le toca carcel).

Espero haberlo aclarado. :-)

Un saludo.

Listillo, que eres un listillo…

Uno que tiene estudios… :-D

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